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PODERES
El trámite de instrumentos públicos (Poder General, Poder Especial y Carta Poder) obligatoria mente requiere la comparecencia del otorgante (solicitante) ya que debe firmar y colocar su huella digital ante el Consulado General.
Tipos de poderes:
1. Poder General: Es aquel que sirve para que lo represente en varias acciones.
Ejemplo: Poder General de Administración y Representación.
Nota: Valor en dólares americanos.
2. Poder Especial: Es aquel que sirve para que lo represente en un asunto específico y hasta terminar el trámite. Ejemplo: un poder para divorcio, matrimonio, pleitos, representación, etc.
Nota: Valor en dólares americanos.
3. Carta Poder: Es aquel que sirve para que lo represente en un asunto específico ante una oficina específica.
Ejemplo: trámites de cobro de pensiones ante oficinas como INJUPEM, FFAA, abrir y/o cerrar cuentas en bancos, etc.
Nota: Valor en dólares americanos.
Requisitos:
1- Documento Nacional de Identificación (DNI), Pasaporte del solicitante vigente (se le solicitaran sus generales; estado civil, profesión y domicilio).
2- Generales de la persona a quien se le otorga el Poder (nombre completo, copia de Documento Nacional de Identificación (DNI), estado civil, profesión y domicilio). Si es un Abogado: nombre completo, número del carné del Colegio de Abogados de Honduras y domicilio profesional.
3- Nombre de institución donde se realizara la gestión.
4. Bank Draft o Money Order dólares americanos a nombre de Consulado de Honduras.
Nota: El solicitante puede presentar un borrador de texto de lo que requiere, de lo contrario, el documento se redacta conforme al tipo de Poder que solicita siguiendo los formatos de Instrumentos Públicos vigentes en el Código Procesal Civil y Código Notarial.
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